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Arreglos o Daños en espacios exclusivos del Propietario

  • Foto del escritor: Marcelo Gustavo Pastelletto
    Marcelo Gustavo Pastelletto
  • 9 oct 2018
  • 1 Min. de lectura

¿Cuáles son los espacios que dependen del propietario?

La unidad funcional (departamento, local, cochera), sus puertas, ventanas, artefactos y revestimientos, los balcones. Son propias además las partes que así se establezcan en el reglamento de copropiedad, exceptuando a las partes que solo pueden ser comunes. Esta afectación dependerá de las particularidades edilicias de cada edificio.

¿Quién paga los arreglos o daños de los espacios exclusivos del propietario?

Todos los daños o desperfectos que tengan origen en el interior "visible" de la unidad funcional o espacios propios deben ser abonados y asumidos por el propietario de la unidad que los causó. Para el caso en el que se produzcan daños en espacios comunes (caños estructurales de agua o gas) que generan perjuicios a una unidad funcional, el consorcio deberá asumir los gastos de reparación.


 
 
 
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